CONDICIONES GENERALES

Primera. Objeto del contrato.

Por el presente contrato TV. TELESAT S.L. (en adelante TELESAT FIBRA) pone a disposición de la persona física o jurídica cuyas circunstancias quedan reseñadas en la Solicitud de Servicio que se adjuntan a este documento (en adelante, el Cliente), los servicios indicados en aquellas (en adelante los Servicios) tal y como son definidos en la cláusula Segunda del presente contrato. El Cliente puede seleccionar uno o varios servicios de todos los que se ofrecen en la Solicitud de Servicio.

Segunda. Definición de los Servicios.

2.1.            El Servicio de Internet: Acceso integral a Internet, a la velocidad de acceso y bajo la tecnología que el Cliente haya elegido en la Solicitud de Servicios. Este servicio puede contratarse con TELESAT FIBRA, o con un operador cuyo servicio de acceso a fibra sea comercializado por TELESAT FIBRA, quedando reflejada la opción elegida en la Solicitud de Servicio. En caso de que el contrato como distribuidor de TELESAT FIBRA con su actual proveedor fuese cancelado, TELESAT FIBRA informará al Cliente de la nueva situación, y le solicitará autorización para realizar la portabilidad a otra compañía con la que TELESAT FIBRA firme un nuevo acuerdo de distribución, informando de estas nuevas ventajas al Cliente. Las Tarifas del servicio de acceso a internet distribuido por TELESAT FIBRA.

2.2.            El Servicio de acceso telefónico fijo: Consistente en la posibilidad de cursar y recibir llamadas desde el número o números designados en el contrato. El Servicio permitirá cursar llamadas metropolitanas, provinciales, interprovinciales, internacionales y de fijo a móvil en el modo de acceso directo. El Servicio Telefónico prestado por TELESAT FIBRA es un servicio telefónico fijo disponible al público en acceso directo. El Servicio Telefónico de TELESAT FIBRA se presta sobre una red de transmisión de datos mediante conexión IP, por lo que el servicio es vulnerable a las caídas del suministro eléctrico y a los flujos de la red Internet. En el caso de que EL Cliente acceda a este servicio a través de una red inalámbrica, a las causas de vulnerabilidad anteriores se añadirán las propias de dicha tecnología (inclemencias del tiempo). El Cliente será responsable del buen uso y utilización del servicio contratado conforme a la normativa vigente, así como de controlar el acceso al mismo. El servicio contratado no incluye la reventa del servicio o su utilización para un terminal público, ni su utilización por terceros mediante cualquier tipo de contraprestación económica.

2.3.            Comercialización del servicio de Telefonía móvil de terceros: El Cliente que haya contratado el servicio de telefonía móvil de terceros distribuido por TELESAT FIBRA debe tener en cuenta las siguientes condiciones:

  • El servicio de Telefonía Móvil no es prestado por TELESAT FIBRA, el servicio es prestado por los operadores móviles con los que TELESAT FIBRA alcance un acuerdo de agencia.
  • En caso de que el contrato como distribuidor de TELESAT FIBRA con su actual proveedor fuese cancelado, TELESAT FIBRA informará al Cliente de la nueva situación, y le solicitará autorización para realizar la portabilidad a otra compañía con la que TELESAT FIBRA firme un nuevo acuerdo de distribución, informando de estas nuevas ventajas al Cliente.
  • Las Tarifas del servicio de telefonía Móvil distribuido por TELESAT FIBRA y las condiciones se pueden consultar en la web www.telesatfibra.com 2.4.            Comercialización de otros servicios prestados por terceros: El Cliente que haya contratado otros servicios prestados por terceros distribuido por TELESAT FIBRA debe tener en cuenta las siguientes condiciones:
  • Los servicios no son prestados por TELESAT FIBRA, sino por otros operadores con los que TELESAT FIBRA alcance un acuerdo de agencia.
  • En caso de que el contrato como distribuidor de TELESAT FIBRA con su actual proveedor fuese cancelado, TELESAT FIBRA informará al Cliente de la nueva situación, y le solicitará autorización para realizar la portabilidad a otra compañía con la que TELESAT FIBRA firme un nuevo acuerdo de distribución, informando de estas nuevas ventajas al Cliente.
  • Las Tarifas de los distribuido por TELESAT FIBRA y las condiciones se pueden consultar en la web www.telesatfibra.com 

Tercera. Obligaciones de las partes.

3.1.            a. TELESAT FIBRA se compromete a:

  • Conectar a su red de comunicaciones un punto de acceso a los Servicios dentro del domicilio del Cliente que figura en la Solicitud.
  • Poner a disposición del Cliente los equipos de acceso a los servicios (los Equipos) en la forma estipulada en la Solicitud de Servicio.
  • Los trabajos de instalación del software y hardware de conexión en los equipos y/o aparatos propiedad del Cliente y su configuración están excluidos de la instalación del Servicio, salvo que expresamente fueran convenidos en la Solicitud de Servicios. Caso de que la instalación del software y hardware no se realizase por TELESAT FIBRA, se entenderá cumplida la obligación de instalación mediante la comprobación por parte del personal técnico de la empresa, por sus propios medios, del servicio en el punto de instalación.
  • Publicar en la página web que figura en el encabezado información detallada, comparable, pertinente, fácilmente comprensible, accesible y actualizada sobre la calidad de los servicios.
  • Poner a disposición del Cliente los parámetros y métodos para la medición del Servicio.

3.2.            b. El Cliente se compromete a:

  • Hacer un disfrute única y exclusivamente privado del servicio, salvo en el caso de que se trate de un Local Público.
  • El Cliente se compromete a respetar la normativa relativa a la propiedad intelectual o propiedad industrial, intromisión en comunicaciones privadas u obtención de información confidencial o cualquier acto ilícito o que dé lugar a daños para terceros que se produzcan con ocasión del uso por el Cliente de los servicios de Internet, o del uso de los servicios de Internet por terceras personas a través de su clave personal (a estos efectos se presumirá que tales personas han empleado su clave con su consentimiento). Se considerará que existe un incumplimiento del contrato por parte del Cliente si terceras personas a través de su clave personal utilizan los servicios de Internet de forma que perjudique la imagen de TELESAT FIBRA, o cometa cualesquiera infracciones mencionadas en este contrato. El Cliente deberá adoptar las precauciones necesarias a efectos de preservar sus ficheros y sistemas informáticos de eventuales accesos no deseados por parte de terceros.
  • Realizar el pago de los recibos emitidos por TELESAT FIBRA en la forma contratada.
  • Ceder a TELESAT FIBRA a) el uso de los elementos comunes del edificio donde se ubica el domicilio en caso de que se trate de una vivienda en régimen de propiedad horizontal b) el uso de las fachadas y demás elementos de la edificación; para la colocación y paso de las instalaciones necesarias para el suministro de sus servicios de comunicaciones en el municipio indicado en la solicitud, así como para el mantenimiento, modificación y retirada de la instalación y equipos en el interior del domicilio. Para ello, EL Cliente, consiente y autoriza el acceso al inmueble por parte de representantes de TELESAT FIBRA a los expresados fines. Dicha autorización implica, en los casos de viviendas en régimen de propiedad horizontal, la de la Comunidad de Propietarios en que se ubica la finca y la del dueño de ésta, si fuera distinto al Cliente, de conformidad con el Real Decreto-ley 1/1998. de 27 de febrero sobre Infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación. Esta cesión de uso de paso de la red de TELESAT FIBRA por el inmueble continuará vigente después de la terminación de este contrato, y permanecerá en vigor durante el tiempo que TELESAT FIBRA necesite hacer uso de esa instalación para prestar sus servicios en el municipio.
  • Facilitar a TELESAT FIBRA el acceso al lugar de recepción de los Servicios para que este pueda cumplir con las obligaciones contraídas en el presente Contrato. El Cliente autoriza expresamente a TELESAT FIBRA, a su personal debidamente identificado o al servicio técnico que TELESAT FIBRA designe al efecto, a acceder a las instalaciones y equipos informáticos en que se encuentre instalada la conexión a los servicios con la finalidad de proceder a la prestación de los servicios de Instalación o de Resolución de incidencias y a la realización de las operaciones de mantenimiento que, a juicio de TELESAT FIBRA, resulten necesarias y, en caso de terminación del Contrato, con la finalidad de proceder a la retirada de la instalación que permite la conexión a los servicios.
  • Abstenerse de modificar, trasladar o manipular de modo alguno los Equipos suministrados por TELESAT FIBRA.

3.3.            En el Servicio de Internet.

  • TELESAT FIBRA se compromete a:
    • Instalar un único punto terminal de red, en el que EL Cliente recibirá el acceso al servicio de internet.
    • La velocidad ofrecida será en todo caso la recibida en ese equipo, no garantizando TELESAT FIBRA la recepción de ese servicio en otros equipos a través del acceso inalámbrico, que dependerán de la distribución y ubicación del domicilio de EL Cliente. No obstante, EL Cliente podrá contratar, a la firma del presente o posteriormente, la ampliación del servicio a otros equipos informáticos, cuya instalación satisfará con independencia de la anterior como instalación adicional.
  • El Cliente se compromete a:
    • No realizar un uso por cuenta o beneficio de terceros como, por ejemplo, establecimiento y mantenimiento de servidores para correo electrónico, http, ftp y/o peer to peer, salvo que dicho servicio haya sido expresamente contratado en la Solicitud de Servicios. Queda expresamente prohibida la realización de actos de reventa o comercialización del Servicio a terceros ajenos a la prestación del Servicio o, en cualquier caso, de compartición de recursos fuera del domicilio para el que haya solicitado la provisión del Servicio o siendo el Cliente una Comunidad de Propietarios, fuera de las zonas comunes. El Cliente será responsable frente a TELESAT FIBRA del uso incorrecto de los servicios contratados.
    • Disponer del equipo informático necesario, que deberá cumplir con las características técnicas que se indican en la web de TELESAT FIBRA.
    • Conectar un PC por módulo cliente (excepto que contrate el producto diseñado para la conexión de varios PC’s).

3.4.            En el Servicio de Telefonía.

  • TELESAT FIBRA:
    • Se compromete a desactivar los servicios de tarificación adicional, las llamadas internacionales, así como los pagos a terceros proveedores de servicios, cuando así se lo solicite por escrito el Cliente.A estos efectos, el Cliente comunicará a TELESAT FIBRA, su intención de desconectarse de los servicios de tarificación adicional y/o las llamadas internacionales. TELESAT FIBRA admitirá tanto la petición por escrito a la dirección C/ Doctor Jaime Vera, 24, Salamanca, ESPAÑA, como las realizadas por telemática al correo electrónico info@telesatfibra.com.
    • TELESAT FIBRA procederá a dicha desconexión como máximo en el plazo de diez (10) días desde la recepción de la comunicación del Cliente. En caso de que dicha desconexión no se produjera tras ese plazo por causas no imputables al Cliente, serán de cargo de TELESAT FIBRA los costes derivados del servicio cuya desconexión se solicita.
    • En el momento de la contratación de este servicio, El Cliente podrá obtener un nuevo número de teléfono que le será facilitado por TELESAT FIBRA.
    • En caso de que el Cliente desee conservar su actual número de teléfono, TELESAT FIBRA gestionará la portabilidad frente a otros operadores y la Entidad de Referencia. En este caso, el Cliente dará su consentimiento a través de la firma de la solicitud de portabilidad en el momento de la contratación, así como cada vez que se modifique TELESAT FIBRA de acceso de TELESAT FIBRA, según lo establecido en el artículo 5.2 del Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba la carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas.
    • La entrega de la solicitud de portabilidad firmada por el Cliente a TELESAT FIBRA, provocará el inicio del proceso de cambio de operador.
    • TELESAT FIBRA informará al Cliente cuando su solicitud de portabilidad haya sido denegada, en cuyo caso le indicará la causa. Para las solicitudes aceptadas, el Cliente podrá solicitar gratuitamente a su futuro operador información sobre su solicitud y el día en que se realizará el cambio efectivo de operador. A partir de ese momento el Cliente podrá hacer y recibir llamadas con TELESAT FIBRA y el mismo número telefónico.
  • El Cliente, una vez firmada y entregada la solicitud de portabilidad, asume las siguientes cláusulas:
    • En el caso de solicitar la portabilidad, la persona cuyos datos se recogen en el contrato solicita el alta del servicio en TELESAT FIBRA, y comunica su deseo simultáneo de causar baja en TELESAT FIBRA que le provee actualmente el servicio, indicado como operador donante, conservando su numeración telefónica fija.
    • El Cliente acepta la posible interrupción del servicio en un periodo de tres (3) horas como máximo, entre las 08:00h y las 20:00h del día que aplique el cambio de operador, para permitir realizar las actuaciones necesarias por los operadores.
    • Desde el momento en que el Cliente entregue la solicitud firmada de portabilidad, el cambio de operador deberá ser realizado como máximo en el plazo de un día hábil contado a partir del siguiente día hábil a la entrega, siempre que el Cliente no haya solicitado voluntariamente una fecha posterior para la ejecución de la portabilidad, y siempre que su solicitud no haya sido denegada por TELESAT FIBRA actual por cumplirse alguna de las causas admitidas en las especificaciones de portabilidad vigentes. El Cliente dispone hasta las 14 horas del día previo a la fecha del cambio para cancelar su solicitud de portabilidad, llamando al número de Atención al Cliente 923236033. En caso de que EL Cliente desea cancelar la portabilidad una vez cumplido el plazo anterior, deberá hacer frente, si procediese, al coste de cancelación anticipada, importe que será exigible desde el momento en que se presente al cobro la correspondiente factura, siendo abonada por el Cliente, o por tercero, a través de la cuenta en la Entidad Bancaria o Caja de Ahorros que hubiera señalado en la Solicitud de Servicios.
    • En caso de reclamación, el Cliente deberá dirigirse al departamento o servicio especializado de atención al cliente de TELESAT FIBRA, en el plazo de un mes desde el momento en que se tenga conocimiento del hecho que la motive. Cuando el abonado presente la reclamación, TELESAT FIBRA está obligado a facilitarle el número de referencia dado a la reclamación del usuario. Si en el plazo de un mes el usuario no hubiera recibido respuesta satisfactoria de TELESAT FIBRA, podrá dirigir su reclamación por las siguientes vías, de acuerdo a la normativa propia a cada organismo: (Juntas Arbitrales de Consumo, directamente o a través de una Asociación de Consumidores; Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información (SETSI)- Teléfono de consulta: 901336699. Página web: http://www.usuariosteleco.es).
    • El Cliente consiente en el tratamiento automatizado de los datos personales, tanto de los incluidos en la solicitud de servicios como de los que conoce TELESAT FIBRA con quien tiene contratado el servicio, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPD).
    • Asimismo, el Cliente autoriza la cesión de datos personales de TELESAT FIBRA con quien tiene contratados sus servicios, hacia aquel que los prestará en adelante, al objeto y con el fin exclusivos de la conservación de su número en el proceso de portabilidad y condicionándola a este motivo.

Cuarta. Responsabilidad por los Servicios.

  • Sobre los SERVICIOS.
    • TELESAT FIBRA se compromete a suministrar la conexión inicial a los Servicios en un plazo de 15 días hábiles desde la fecha de Solicitud del Cliente.
    • Es responsabilidad del Cliente dotar a la instalación interna de su vivienda (Módulo de Acceso) de un sistema de alimentación ininterrumpida en caso de que desee recibir servicios externos tales como los servicios de alarma, datafonos, servicios de tele asistencia, o servicios de fax, etc.
    • EL Cliente exime de responsabilidad a TELESAT FIBRA por los daños y/o perjuicios que la caída del servicio de suministro eléctrico y/o el flujo de la red de datos pudieran producirle, incluida la imposibilidad de recibir servicios no prestados por TELESAT FIBRA.
    • En caso de que en el transcurso de una intervención para solucionar una avería se demuestre que la causa es imputable al Cliente debido a una manipulación indebida de los equipos de TELESAT FIBRA, el Cliente exime a este de responsabilidad alguna sobre los SERVICIOS. Las interrupciones ocasionales realizadas por TELESAT FIBRA con motivo de la mejora en los SERVICIOS no darán derecho a compensación a favor del Cliente. Dichas interrupciones serán lo más breve posible y se realizarán preferentemente durante franjas horarias de mínimo consumo de servicio. Ninguna de las partes será responsable de retrasos o incumplimiento ocasionados por fuerza mayor.
    • En todo caso, la responsabilidad total de TELESAT FIBRA surgida en relación con el presente contrato no excederá, bajo ninguna circunstancia, de las cantidades abonadas a TELESAT FIBRA por el Servicio en los tres (3) meses anteriores a la fecha de dicha reclamación. TELESAT FIBRA no asumirá los compromisos de reparación establecidos en este contrato cuando la avería sea producida en los medios de transmisión que transitan por la Infraestructura de Red Comunitaria (propiedad de la Comunidad de Propietarios) y no exista un contrato específico de mantenimiento con TELESAT FIBRA para dicha infraestructura, debiendo informar al Cliente de esta circunstancia
  • Sobre el Servicio de Internet.
    • Las velocidades y caudales se refieren siempre a valores máximos alcanzables en la red de transporte de datos de TELESAT FIBRA y hasta la salida a Internet. Los equipos terminales que el Cliente conecte a los servicios contratados deberán estar habilitados para la correcta recepción de los mismos, debiendo contar con la preceptiva homologación para ello. TELESAT FIBRA no será responsable de los cortes o bajadas de la calidad de la conexión a Internet cuando ésta se obtenga a través de tecnologías multiplexadas siempre que se demuestre que está suficientemente dotada dicha red para el número medio de usuarios simultáneos. Por norma, y aunque en determinadas redes se provea ocasionalmente de conectividad a Internet simétrica, la velocidad del canal ascendente con Internet guardará la misma relación que la oferta del operador mayoritario.
    • TELESAT FIBRA no será responsable del contenido accesible a través del servicio de Internet, salvo en los supuestos establecidos por la sección segunda de la ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico.
    • TELESAT FIBRA no garantiza de manera absoluta la ausencia de virus en los contenidos transmitidos, difundidos, almacenados, recibidos, obtenidos, puestos a disposición, o accesibles a través de los servicios, ni la ausencia de otros elementos que puedan producir alteraciones en el equipo informático del Cliente o en los documentos electrónicos y ficheros almacenados en el equipo informático del Cliente o transmitidos desde el equipo informático del Cliente.
    • TELESAT FIBRA excluye cualquier responsabilidad por los daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la presencia de virus o a la presencia de otros elementos lesivos en los contenidos transmitidos, difundidos, almacenados, recibidos, obtenidos, puestos a disposición, o accesibles a través de los Servicios.
    • TELESAT FIBRA no tiene obligación de controlar y no controla el contenido y naturaleza de los contenidos transmitidos, difundidos o puestos a disposición a terceros por el Cliente. No obstante, y previa existencia de causas que lo justifiquen, TELESAT FIBRA se reserva el derecho a revisar, dentro de los límites legales, en cualquier momento y sin previo aviso, por propia iniciativa o a petición de tercero, los contenidos transmitidos, difundidos o puestos a disposición a terceros por el Cliente y a adoptar las medidas necesarias dirigidas a impedir su transmisión, difusión o puesta a disposición de terceros.
    • El objetivo de disponibilidad mínima mensual del Servicio será del 90%. Si el Servicio no estuviera disponible por encima de estos porcentajes, automáticamente el Cliente tendrá derecho a descuentos en el siguiente recibo emitida en función del tiempo en que el Servicio no haya estado disponible. Respecto a la garantía de los módulos de acceso, ésta no excederá del tiempo de garantía que aplique el fabricante del mismo.
    • La velocidad de acceso a Internet dependerá en cada momento del tráfico en Internet existente, del número de internautas simultáneos y de otros factores técnicos como la eficiencia de protocolo IP, ocupación de servidores, puertos, etc.
    • En el caso de acceso radioeléctrico las condiciones meteorológicas pueden afectar temporalmente a la velocidad del servicio.
    • En caso de que el Cliente utilice router inalámbrico en su conexión, hay que tener en cuenta las limitaciones propias de éste y de la red LAN wifi. La cobertura suele variar si se encuentra en interiores (casas, pisos, etc.), dependiendo mucho del tipo de construcción del edificio, o en exteriores, donde depende de las interferencias que se pueda encontrar la señal (como otras redes inalámbricas) y las construcciones u obstáculos (muros, encofrados, …) que haya entre el emisor y receptor de la señal. [Valores orientativos de cobertura en interiores: entre 25 y 35 m; en exteriores: hasta 200 m.].
    • En caso de que el Cliente utilice adaptadores PLC Ethernet para conectar el router y el ordenador aprovechando la red eléctrica, la cobertura de aquéllos depende del modelo de adaptador utilizado, la distancia en la red entre adaptadores, el ruido eléctrico o interferencias introducidas por otros aparatos conectados a la red eléctrica, el número de equipos o aparatos conectados simultáneamente a la base del enchufe donde está conectado el adaptador, etc.
    • Ciertos elementos de Hardware y Software del equipo de Cliente pueden ocasionar, asimismo, dificultades en el normal funcionamiento de su equipo en general e incluso impedir el acceso al servicio. Por ejemplo:
  • El software de intercambio de ficheros residente en el PC genera una cantidad elevada de paquetes, provocando lentitud en la navegación y llegando incluso a saturar el tráfico cursado.
  • Algunos virus residentes en el PC del Cliente pueden generar una cantidad elevada de paquetes con el fin de contaminar otros equipos, provocando lentitud en la navegación y llegando incluso a saturar el tráfico cursado (virus o gusanos, sus mutaciones y derivados).
  • Software malicioso ejecutándose en la LAN.
  • Actualizaciones automáticas del software residente en el PC. Determinados programas (de sistema operativo, antivirus, navegadores, etc.) suelen ofrecer actualizaciones online que el Cliente puede configurar en modo automático (normalmente viene por defecto seleccionada esta opción), de forma que, cuando el Cliente se conecta a Internet, dichos programas buscan y descargan las actualizaciones en segundo plano: no se le informa al Cliente ni se le interrumpe durante el proceso, pero aumentan el tráfico de datos, ralentizando la navegación.
  • Cableado o equipamiento del Cliente no se encuentra en perfectas condiciones o no cumple los requisitos técnicos y características exigidas al mismo para la prestación de este servicio por TELESAT FIBRA.
    • Las direcciones IP no son propiedad del Cliente, por lo que TELESAT FIBRA podrá modificar las mismas cuando concurran causas que lo justifiquen, comunicándolo al Cliente. Asimismo, TELESAT FIBRA no se hace responsable del mal uso o del uso fraudulento por parte del Cliente o de terceros, de la dirección IP proporcionada al Cliente en cada acceso.
    • Las medidas de gestión del tráfico aplicadas por TELESAT FIBRA no afectarán a la intimidad de los usuarios fínales ni a la protección de sus datos personales. En caso de que estas medidas tuvieran repercusión en la calidad del servicio contratado, TELESAT FIBRA informará al Cliente del alcance de dicha repercusión.
  • Utilidad y falibilidad de los servicios y contenidos accesibles a través de los Servicios.
    • TELESAT FIBRA no garantiza que los servicios sean útiles para la realización de ninguna actividad en particular, ni la infalibilidad de los servicios y contenidos accesibles a través del Servicio, y en particular, aunque no de modo exclusivo, que los Clientes puedan efectivamente acceder a los distintos sitios existentes en Internet a través del Servicio, transmitir, difundir, almacenar o poner a disposición de terceros contenidos a través del Servicio, o recibir, obtener o acceder a contenidos a través del mismo.
    • TELESAT FIBRA excluye toda responsabilidad por los daños y perjuicios de toda naturaleza que pudieran deberse a la defraudación de la utilidad que los usuarios hubieren podido atribuir a los servicios y a la falibilidad de los servicios y contenidos y en particular, aunque no de modo exclusivo, a los fallos en el acceso a los distintos sitios existentes en internet a través de los servicios, en la transmisión, difusión, almacenamiento o puesta a disposición de terceros de contenidos a través de los servicios o en la recepción, obtención o acceso a contenidos a través de los Servicios.
  • Privacidad y seguridad en la utilización de los servicios.
    • TELESAT FIBRA no garantiza la privacidad y la seguridad en la utilización de los servicios por parte de los Clientes y, en particular, no garantiza que terceros no autorizados no puedan tener conocimiento de la clase, condiciones, características y circunstancias del uso de Internet que puedan hacer los Clientes o que no puedan acceder y, en su caso, interceptar, eliminar, alterar, modificar o manipular de cualquier modo los contenidos y comunicaciones de toda clase que los Clientes transmitan, difundan, almacenen, pongan a disposición, reciban, obtengan o accedan a través del Servicio.
    • TELESAT FIBRA excluye toda responsabilidad con toda la extensión que permita el ordenamiento jurídico, por los daños y perjuicios de cualquier naturaleza que puedan deberse al conocimiento que puedan tener los terceros de la clase, condiciones, características y circunstancias del uso de internet que puedan hacer los usuarios o que puedan deberse al acceso y, en su caso, a la interceptación, eliminación, alteración, modificación o manipulación de cualquier modo de los contenidos y comunicaciones de toda clase que los clientes o usuarios transmitan, difundan, almacenen, pongan a disposición, reciban, obtengan o accedan a través de los Servicios.
  • Licitud, fiabilidad y utilidad.
    • TELESAT FIBRA es completamente ajena y no interviene en la creación, transmisión, ni en la puesta a disposición de, ni garantiza la licitud, fiabilidad y utilidad de los contenidos transmitidos, difundidos, almacenados, recibidos, obtenidos, puestos a disposición, o accesibles a través de los servicios.
    • TELESAT FIBRA excluye cualquier responsabilidad por los daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la transmisión, difusión, almacenamiento, puesta a disposición, recepción, obtención o acceso a los contenidos a través de los servicios y, en particular, aunque no de modo exclusivo, por los daños y perjuicios que puedan deberse a: (a) el incumplimiento de la ley, la moral y las buenas costumbres generalmente aceptadas o el orden público como consecuencia de la transmisión, difusión, almacenamiento, puesta a disposición, recepción, obtención o acceso a los contenidos a través de los servicios; (b) la infracción de los derechos de propiedad intelectual e industrial, de los secretos empresariales, de compromisos contractuales de cualquier clase, de los derechos al honor, a la intimidad personal y familiar y a la imagen de las personas, de los derechos de propiedad y de toda otra naturaleza pertenecientes a un tercero como consecuencia de la transmisión, difusión, almacenamiento, puesta a disposición, recepción, obtención o acceso a los contenidos a través de los servicios; (c) la realización de actos de competencia desleal y publicidad ilícita como consecuencia de la transmisión, difusión, almacenamiento, puesta a disposición, recepción, obtención o acceso a los contenidos a través de los servicios; (d) la falta de veracidad, exactitud, exhaustividad, pertinencia y/o actualidad de los contenidos transmitidos, difundidos, almacenados, recibidos, obtenidos, puestos a disposición o accesibles a través de los servicios; (e) la inadecuación para cualquier clase de propósito de y la defraudación de las expectativas generadas por los contenidos transmitidos, difundidos, almacenados, recibidos, obtenidos, puestos a disposición, o accesibles a través de los servicios; (f) el incumplimiento, retraso en el cumplimiento, cumplimiento defectuoso o terminación por cualquier causa de las obligaciones contraídas por terceros y contratos realizados con terceros a través de o con motivo del acceso a los contenidos transmitidos, difundidos, almacenados, recibidos, obtenidos, puestos a disposición, o accesibles a través de los servicios; (g) los vicios y defectos de toda clase de los productos y servicios comercializados, adquiridos o prestados a través de los servicios de terceros accesibles a través de los Servicios.
  • Usos no autorizados.
    • TELESAT FIBRA no controla el acceso ni la utilización que el Cliente u otros usuarios hacen de los servicios. En particular, TELESAT FIBRA no garantiza que el Cliente u otros usuarios accedan a y/o utilicen los Servicios de conformidad con lo dispuesto en estas Condiciones Generales o, en su caso, con las condiciones particulares que puedan resultar de aplicación.
    • TELESAT FIBRA excluye cualquier responsabilidad por los daños y perjuicios de toda naturaleza que pudieran deberse al acceso y la utilización de los servicios por el cliente o por otros usuarios, en contra de lo dispuesto en estas Condiciones Generales.
  • Identidad e información relativa a los Clientes proporcionada por los propios Clientes.
    • TELESAT FIBRA no controla ni ofrece ninguna clase de garantía sobre la veracidad, vigencia, exhaustividad y/o autenticidad de los datos que los Clientes proporcionan sobre sí mismos a o hacen accesibles a otros Clientes o usuarios.
    • TELESAT FIBRA excluye cualquier responsabilidad por los daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la incorrecta identidad de los clientes o usuarios y a la falta de veracidad, vigencia, exhaustividad y/o autenticidad de la información que los clientes o usuarios proporcionan acerca de sí mismos y proporcionan o hacen accesibles a otros clientes o usuarios y, en particular, aunque no de modo exclusivo, por los daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la suplantación de la personalidad de un tercero efectuada por un cliente o usuario en cualquier clase de comunicación o transacción realizada a través de los Servicios.

Quinta. Resolución de incidencias.

  • El Cliente deberá comunicar a TELESAT FIBRA, a través de cualquiera de los datos de contacto que figuran en este documento, cualquier queja, reclamación, incidencia contractual o discrepancia, continua o periódicamente recurrente, entre el rendimiento real del servicio de acceso a internet. A partir de la comunicación TELESAT FIBRA intentará resolver dicha incidencia en el plazo más breve posible.
  • TELESAT FIBRA facilitará al Cliente, mediante cualquier soporte que lo permita, acreditación de la presentación y contenido de la incidencia o reclamación. En todo caso, TELESAT FIBRA facilitará al Cliente un número de referencia de dicha incidencia. A estos efectos, TELESAT FIBRA recogerá vía email (info@telesatfibra.com) o teléfono (923236033) durante las 24 horas al día en la modalidad de correo electrónico, y su modalidad de atención telefónica en la franja horaria de 9:00 a 14:00  de lunes a viernes, cualquier incidencia que afecte al funcionamiento del servicio. Este servicio no comprende la asistencia técnica de incidencias en el equipo informático del Cliente, tampoco cubre cualquier equipo informático suministrado por TELESAT FIBRA (routers WiFi, antenas USB WiFi) que no sea el módulo de Cliente. Sobre este tipo de equipos TELESAT FIBRA proveerá información básica de configuración, sin perjuicio de las garantías del módulo establecidas en las presentes Condiciones Generales. TELESAT FIBRA asume la obligación de resolver las incidencias que se le planteen al Cliente en la utilización del servicio e iniciará el procedimiento de resolución de las incidencias del mismo tan pronto como el Cliente comunique dicha incidencia al servicio de asistencia técnica, prestando dicho servicio de forma gratuita en aquellos casos en los que la incidencia diagnosticada se deba a fallos originarios imputables a TELESAT FIBRA. En los demás casos, TELESAT FIBRA sólo prestará el servicio de asistencia técnica en el domicilio a solicitud del Cliente y mediante el pago de las tarifas vigentes, las cuales declara conocer y que constan en www.telesatfibra.com, y de acuerdo con las condiciones establecidas en las presentes Condiciones Generales.
  • Cuando la reclamación se refiera a una determinada factura, ésta deberá cursarse en el plazo de diez (10) días hábiles desde su recepción por el Cliente. En tal caso, el Cliente queda, no obstante, obligado a saldar al vencimiento la suma de aquellas cantidades que no hayan sido reclamadas.
  • Si el Cliente no hubiera obtenido respuesta satisfactoria a su reclamación, en el plazo de un mes, podrá dirigir su reclamación a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.

Sexta. Instalación y mantenimiento.

  • El Cliente tendrá derecho a recibir la prestación de los SERVICIOS tras la firma del presenta contrato y, una vez realizada la instalación de los Equipos.
  • No forman parte del Servicio de Mantenimiento incluido en las presentes Condiciones Generales, los Equipos (Tarjetas, Equipos informáticos, etc.) que el Cliente conecte a los EQUIPOS, o punto donde termina la red que da soporte al Servicio prestado por TELESAT FIBRA.
  • Para la prestación de los servicios de Internet y telefonía, es necesaria la instalación previa en el domicilio del Cliente un “punto de terminación de red” (en adelante, módulo cliente), conectado a la red de TELESAT FIBRA través de una antena exterior que debe de introducirse en el domicilio del Cliente mediante un cable. El propio módulo cliente puede funcionar como toma de usuario, pero si el Cliente lo deseara, y siempre previo encargo expreso y suscripción del pertinente contrato, se podrá instalar, por el precio que se indica en nuestras tarifas que el Cliente declara conocer, y que constan en nuestra web, cobertura inalámbrica adicional en las ubicaciones que expresamente indique el mismo. El conjunto de los elementos instalados, partiendo del módulo cliente, para dar servicio a los equipos receptores o terminales o a las tomas de usuario que pudieran existir se denominará “Instalación Interior”. Asimismo, el Cliente deberá permitir la entrada a su domicilio de nuestro personal técnico con objeto de realizar los trabajos de conexión, desconexión o mantenimiento de la Red y módulo cliente. Los servicios contratados comenzarán a prestarse no más tarde de la fecha de conexión indicada en alta del servicio, una vez hayan quedado íntegramente realizados los trabajos de instalación y conexión de los equipos receptores y se hayan efectuado las gestiones de activación. El Cliente sólo podrá conectar a la Red equipos receptores o terminales que estén certificados y homologados por TELESAT FIBRA para el servicio contratado. En caso contrario, no se aplicarán las garantías de mantenimiento y calidad. El funcionamiento de los servicios adicionales contratados dependerá de la configuración y características de los equipos. TELESAT FIBRA realizará el mantenimiento de la Red hasta el módulo cliente (inclusive) sin cargos, por estar incluido en la cuota de TELESAT FIBRA, a menos que el mal funcionamiento sea debido a alguna causa imputable al Cliente o a la manipulación o alteraciones efectuadas en tales elementos por personas ajenas a TELESAT FIBRA. En caso de que el Cliente requiera los servicios de reparación sin que dicha petición esté justificada y contemplada en este contrato como avería aceptada por nuestro servicio, deberá pagar la tarifa vigente que el Cliente declara conocer, y que constan www.telesatfibra.com por el desplazamiento a su domicilio y el tiempo de actuación de nuestros técnicos hasta la resolución de la avería. El Cliente deberá ocuparse siempre de la conservación y mantenimiento de sus propios equipos receptores o terminales.
  • La instalación tendrá una duración aproximada de dos horas, toda hora adicional será facturable. Si la citada demora obedeciera a causas no imputables al personal de TELESAT FIBRA, ésta será facturada al Cliente según tarifa vigente que el Cliente declara conocer, y que constan en nuestra web. La instalación no se realizará pasando por los registros y conducciones de la vivienda. Si el Cliente así lo requiriere expresamente, y previa suscripción de hoja de encargo, se instalará facturándose las horas adicionales según tarifa vigente que el Cliente declara conocer y que constan en nuestra web. El personal de TELESAT FIBRA realizará las pruebas de conexión a Internet con su propio equipamiento informático, siendo responsabilidad del Cliente la conexión entre el módulo de cliente y su propio equipo informático. No se realizará ningún tipo de actuación en los equipos informáticos del Cliente, salvo que sea necesaria la instalación de una tarjeta de red para la conexión al módulo de cliente, instalación que se facturará según tarifa que el Cliente declara conocer y que constan en nuestra web. El servicio sólo contempla la instalación del módulo de cliente en equipos del tipo PC compatibles con lector de CD y con sistema operativo en correcto estado de funcionamiento, siendo requisito que los CD´s originales estén a disposición del instalador en el caso de que sea necesaria la instalación de una tarjeta de red. Para determinados sistemas operativos distintos de Windows (a modo de ejemplo, con carácter meramente informativo, MAC, SUN, Linux, Solaris, etc.), la responsabilidad de TELESAT FIBRA termina en la configuración del módulo de cliente, siendo responsabilidad del usuario llevar a cabo las acciones pertinentes para la conexión de su equipo informático. En este caso, y con el único objeto de comprobar la correcta instalación, TELESAT FIBRA llevará a cabo pruebas finales con sus propios equipos portátiles. La instalación del módulo de cliente se entenderá terminada cuando se haya comprobado la navegación. Quedan excluidos del proceso de instalación la configuración de los programas de correo electrónico y otros que pueda utilizar el Cliente.
  • La instalación que sirve para conectar la red troncal y de distribución de la operadora con el domicilio del Cliente, y hasta la colocación dentro de éste de un punto terminal de red, se denomina instalación exterior. La instalación colocada dentro del domicilio del abonado y desde el punto terminal de red hasta los aparatos receptores de los servicios se denomina instalación interior. El mantenimiento de la instalación exterior será de cuenta de TELESAT FIBRA durante toda la vigencia del contrato, y el de la interior durante el primer año de vigencia, excepto, en ambos casos, si el mal estado o funcionamiento es debido a una actuación dolosa o negligente del Cliente o caso fortuito y/o de fuerza mayor.
  • El mantenimiento de la instalación interior será de cuenta del Cliente, que habrá de satisfacer, de conformidad con las tarifas vigentes en el momento de su prestación, los gastos de reposición, desplazamiento y mano de obra que se originen por causas distintas del uso diligente, incluso por caso fortuito o fuerza mayor, una vez transcurrido el periodo de garantía.
  • El Cliente podrá contratar, inicial o posteriormente, el servicio de mantenimiento de la instalación interior para después de transcurrido el período de garantía, que cubrirá los gastos de desplazamiento y mano de obra, siempre que el defecto o pérdida no tenga su causa en una actuación u omisión dolosa o negligente del Cliente. La reposición de material, piezas y equipos serán satisfechas por el Cliente en la cuantía determinada en las tarifas vigentes cuando su deterioro no sea originado por un uso diligente.
  • Si fuera necesario efectuar algún tipo de instalación en el equipo informático del Cliente, dicha instalación será efectuada por personal debidamente autorizado por TELESAT FIBRA; en dicho caso el Cliente autoriza a llevar a cabo la instalación correspondiente y exonera a TELESAT FIBRA de cualquier pérdida de garantía de sus equipos informáticos, de cualquier daño y/o pérdida producida en el software que el Cliente tenga instalado en su equipo informático, así como de cualquier fallo accidental producido en el equipo informático del Cliente y que pueda tener lugar como consecuencia de las instalaciones necesarias para poder recibir el servicio de acceso a Internet.
  • En caso de que TELESAT FIBRA haya instalado un equipo de acceso a los SERVICIOS en el domicilio del Cliente, éste no podrá modificar o trasladar dicha instalación. Únicamente podrá utilizarlo en el punto en que haya sido instalado por TELESAT FIBRA, en la forma prevista en estas Condiciones y no podrá transmitirlo bajo ningún título, ni ceder su uso a un tercero.
  • No obstante, el Cliente podrá solicitar a TELESAT FIBRA el traslado de la instalación del equipo de acceso. Previa conformidad de ésta se procederá a cambiar el punto de instalación facturando al Cliente el importe correspondiente a dicho traslado, que le será comunicado cuando realice su solicitud.

Séptima. Los Equipos.

  • TELESAT FIBRA entregará e instalará en el local del Cliente, el equipamiento compuesto por receptor inalámbrico (antena), alimentador Power Over Ethernet (POE) y transformador de 18V, necesarios para la prestación de los Servicios. El Cliente se compromete por su parte a aceptar e instalar o dejar que se instalen los citados equipos al celebrarse el contrato, originándose un gasto por instalación según tarifas vigentes las cuales declara conocer y que constan en nuestra web, que serán cobrados preferentemente por el instalador, o mediante domiciliación o transferencia bancaria en la primera factura que se devengue.
  • El régimen de utilización será el de Cesión si las partes no acuerdan expresamente otro. La entrega e instalación de los Equipos implica una cesión de uso a favor del Cliente, cuya duración será el periodo de vigencia del presente contrato. los Equipos serán propiedad de TELESAT FIBRA y el Cliente no podrá cederlos o entregarlos a terceros, debiendo mantenerlos en su poder durante la vigencia del presente contrato y utilizarlos exclusivamente en el lugar y para el fin contratado. El Cliente queda igualmente obligado a conservar los Equipos en perfectas condiciones de uso, debiendo abonar a TELESAT FIBRA el importe de su precio de mercado en caso de un mal uso de este que suponga su deterioro.
  • Si el Cliente elige la opción de Comprar los Equipos, éstos serán propiedad del Cliente, que deberá abonar en el primer pago la cantidad establecida en el Anexo de Tarifas.
  • En caso de venta del módulo cliente, el Cliente disfrutará de las garantías legales en los términos establecidos en las presentes Condiciones y en la normativa de protección de consumidores y usuarios vigente. Durante el plazo en el cual el Cliente disfrute de dichas garantías, si el módulo cliente adquirido tiene una avería que impida su funcionamiento, TELESAT FIBRA le facilitará uno nuevo sin ningún coste para el Cliente, salvo en el supuesto en que el daño o deterioro obedeciere a una manipulación del terminal por parte del Cliente o terceros no autorizados, en cuyo caso TELESAT FIBRA vendrá facultada a exigir el pago del coste temporal de cesión conforme a las tarifas establecidas por TELESAT FIBRA y aceptadas por el Cliente, y que el mismo declara conocer y que constan en www.telesatfibra.com . Si el Cliente tuviere cualquier tipo de problema con su módulo cliente, y éste se encontrare en período de garantía, podrá optar entre la reparación o la sustitución, en los términos establecidos en la normativa de protección de Consumidores y Usuarios.
  • En los supuestos en que resultare responsable el fabricante y el Cliente se dirigiere contra el mismo, TELESAT FIBRA gestionará la remisión y devolución de los terminales. Las incidencias serán resueltas conforme a las normas del fabricante (gastos de envío, reparación, visita domiciliaria, etc.) y no eximirán al Cliente de su obligación de abonar los importes correspondientes al envío de este hasta las oficinas centrales de TELESAT FIBRA, sitas en la dirección indicada en el encabezamiento, en los casos en que se acreditare causas imputables al Cliente. Sin perjuicio de lo señalado en el presente, en ningún caso la garantía o la extensión de la garantía cubrirá los fallos atribuibles al Cliente por la manipulación o configuración incorrecta que lleve a cabo en el módulo cliente.
  • En caso de régimen de cesión, cuando por razones técnicas y/o operativas así lo estime necesario, TELESAT FIBRA podrá sustituir los equipos durante el periodo contractual haciéndose cargo de los gastos de sustitución. Sólo se prestarán servicios de instalación adicionales a la instalación estándar que se haya acordado, específica para el producto, si el Cliente lo solicitare expresamente, por el precio que se indica en nuestras tarifas que el Cliente declara conocer, y que constan en nuestra web.
  • Quedan excluidas de las presentes garantías comerciales, las averías producidas en el equipo como consecuencia del mal uso o mal trato del mismo, o las que tengan su origen en cualquier causa imputable al Cliente. Quedan, asimismo, excluidas de la garantía, las averías producidas por manipulaciones o defectos de instalación efectuados por personal ajeno a TELESAT FIBRA o terceros no autorizados expresamente por la misma al efecto, o las que se deban a causas catastróficas, caso fortuito o fuerza mayor (fuego, inundaciones, etc.), incluyendo subidas de tensión eléctrica. En el caso de Compra de los Equipos TELESAT FIBRA.
  • En caso de destrucción de los Equipos atribuible a un comportamiento imprudente o intencionado, el Cliente asumirá a su propio cargo los gastos de reparación necesarios o bien, en el supuesto de que la reparación no fuera posible, deberá abonar el precio de adquisición de dichos terminales y/o equipos conforme a las tarifas que el Cliente declara conocer y que constan en nuestra web en concepto de indemnización. No obstante lo anterior, en este último supuesto, TELESAT FIBRA comunicará al Cliente los costes de reparación de los terminales averiados, incluyendo coste de material, desplazamiento y mano de obra, y el Cliente decidirá sobre la conveniencia de sustituir o reparar el terminal averiado o asumir el coste de adquisición mencionado. En caso de optar por la reparación de estos TELESAT FIBRA retirará los terminales de su domicilio y, le cederá un terminal similar de manera transitoria, hasta la reinstalación del terminal reparado. Cualquier solicitud de mantenimiento se atenderá en un plazo máximo de dos (2) días laborables, ofreciendo TELESAT FIBRA un servicio de atención telefónica de apoyo y su modalidad de atención telefónica en la franja horaria de 9:00 A 14:00 de lunes a viernes. Este servicio, sin embargo, no comprende la subsanación de averías que provengan de una causa de fuerza mayor o de la propia actuación u omisión dolosa o negligente del Cliente, y el Cliente deberá abonar, según las tarifas vigentes, el coste de estas reparaciones.
  • El Cliente podrá adquirir los terminales telefónicos por el precio correspondiente e indicado, según los modelos existentes, en las tarifas que se encuentran disponibles y actualizadas permanentemente en la página web www.telesatfibra.com. Estos terminales disfrutarán de la garantía legalmente establecida.
  • TELESAT FIBRA podrá interrumpir ocasionalmente la prestación de dichos servicios con objeto de realizar trabajos de mejora, labores de reparación, cambios de equipamiento o por motivos análogos, si bien dichas interrupciones serán lo más breves posibles y se producirán en horario de mínima utilización de los servicios.
  • TELESAT FIBRA comunicará cualquier interrupción, a excepción de las debidas a causas ajenas a la misma, con una antelación mínima de 24 horas a la misma. EL Cliente acepta tales interrupciones y declara que TELESAT FIBRA no quedará obligada a compensarle en manera alguna por las mismas.

Octava. Precio, forma de pago y facturación.

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    • El precio de los SERVICIOS aparece estipulado en el Anexo de Tarifas. TELESAT FIBRA cobrará al Cliente la prestación de los SERVICIOS con arreglo a las tarifas vigentes en cada momento.
    • Los precios se actualizarán anualmente, con efectos al primero de enero de cada año, con arreglo al Índice de Precios al Consumo establecido por el Instituto Nacional de Estadística u Organismo que asuma esa función. Dicha variación será repercutida al abonado, sin previa notificación personal.
    • Las tarifas serán revisadas en función de los costes del servicio contratado. TELESAT FIBRA, a través del área privada de cliente en la web de TELESAT FIBRA, notificará al Cliente la revisión de las tarifas que le afecten con una antelación mínima de treinta (30) días a la fecha de emisión del recibo correspondiente para su cobro, entendiéndose la conformidad del Cliente con la revisión propuesta si en los treinta (30) días anteriores a dicha fecha no manifiesta su oposición.
    • El Cliente disconforme con la revisión de las tarifas podrá causar baja en el servicio cuyo precio haya sido revisado sin penalización alguna para él, salvo en los supuestos en los que la revisión de las tarifas sea exclusivamente en beneficio del Cliente o venga impuesta normativamente, notificándolo a TELESAT FIBRA en el expresado plazo. Asimismo, TELESAT FIBRA podrá resolver unilateralmente la prestación del servicio cuyo precio haya sido objeto de revisión no aceptada por el Cliente; Y manteniéndose en ambos casos, si ello fuera técnicamente posible, vigente el contrato respecto del resto de los servicios contratados. Las reclamaciones sobre facturación no justificarán en ningún caso el retraso en el pago de las facturas objeto de la reclamación. El importe de las cuotas de instalación de los servicios contratados y, en su caso, el precio de venta o el módulo cliente, será incluido íntegramente en la primera factura. Así como el prorrateo de la primera cuota en función de la fecha de entrada en vigor del contrato será incluido en la primera factura. Las cuotas de todos los servicios prestados se facturarán por períodos mensuales anticipados.
    • TELESAT FIBRA facilitará al Cliente información sobre las mejores tarifas al menos una vez al año.
  • Forma de pago.
    • El Cliente deberá abonar a TELESAT FIBRA la cuota de inscripción, así como, en su caso, el precio por la adquisición de los Equipos, según las tarifas vigentes en el momento de la firma del presente contrato. La cuota de inscripción no será reembolsable y de ninguna forma podrá ser conceptuada como depósito, fianza, préstamo, pago a cuenta, u otra figura de naturaleza semejante.
    • TELESAT FIBRA emitirá mensualmente la factura a abonar por el Cliente, de conformidad con las tarifas vigentes y aplicando el IVA y los impuestos que resultaren aplicables. Las cuotas mensuales se devengarán el día primero de cada mes, y los servicios, una vez prestados. A estos efectos las facturas emitidas por TELESAT FIBRA contienen el concepto por cuotas del mes corriente de su emisión y el concepto de los servicios devengados durante el período de consumo anterior que, con carácter general y salvo acuerdo en contrario no será inferior a un mes. No obstante, TELESAT FIBRA podrá adelantar la facturación y el cobro de los importes devengados cuando se produzcan las siguientes circunstancias.
  1. El Cliente supere el límite de crédito fijado por TELESAT FIBRA.
  2. Se produzca la suspensión o interrupción del servicio.
  3. Se extinga el contrato por causa imputable al Cliente.
  4. En casos de fraude o riesgos de impago.
    • Salvo que en la Solicitud de Servicio se haya definido otra forma de pago, el Cliente se compromete a realizar el pago preferentemente mediante domiciliación bancaria, en una sucursal sita en territorio español, manteniendo saldo suficiente en la cuenta bancaria para atender el pago de las cantidades adeudadas. En caso de que la forma de pago sea la domiciliación bancaria, TELESAT FIBRA queda expresamente autorizado a girar el correspondiente recibo contra la cuenta bancaria del Cliente especificada en la Solicitud de Servicios. Si la entidad bancaria no atendiera el pago de los recibos girados contra la cuenta bancaria del Cliente, por éste se satisfarán todos los gastos que a consecuencia de su devolución haya de soportar TELESAT FIBRA. En todo caso el Cliente habrá de notificar a TELESAT FIBRA el cambio de cuenta bancaria contra la que se giran los recibos para su cobro, autorizándole al propio tiempo a tal fin, y siendo responsable a todos los efectos de esa falta de notificación.
    • El retraso en el pago de más de treinta días naturales desde la presentación al cobro de la factura implicará el devengo de intereses de demora que será el interés legal del dinero incrementado en dos puntos, todo ello sin perjuicio de las demás consecuencias que pudieran derivarse. Los intereses de demora se calcularán por días, basados en un año de 360 días.
    • Durante la prestación del servicio al Cliente, TELESAT FIBRA podrá insertar mensajes recordatorios de la situación de mora a fin de informarle de su obligación de pago, preservando en todo caso el secreto de las comunicaciones y la intimidad del Cliente.
    • Las llamadas a los servicios de emergencias serán gratuitas.
    • TELESAT FIBRA podrá ofrecer el acceso por diferentes medios a servicios de pago por unidad de uso, tales como pago por visión, telecarga, video bajo demanda, etc.
    • El Cliente tendrá acceso a los SERVICIOS por él solicitados, los cuales serán utilizables dentro del plazo comunicado por TELESAT FIBRA en el momento de la solicitud de esta. Una vez solicitado un pedido, el Cliente podrá anularlo, diferirlo o modificarlo, siempre y cuando no se haya iniciado su prestación. Se podrá incluir la facturación de los servicios de pago por unidad de uso, una vez prestados, en cualquier factura que se emita por la prestación del servicio.
    • En caso de impago por los servicios de pago por unidad de uso, TELESAT FIBRA se reserva el derecho de suspender el acceso a dichos servicios.
    • Todos los trabajos realizados por TELESAT FIBRA de instalación, mantenimiento, y asistencia técnica, la reposición de materiales, piezas y equipos y los desplazamientos, serán satisfechos por el Cliente en un solo pago, incluyendo su importe en la factura inmediatamente siguiente a ejecución y aceptación.
  • Facturación.
    • El Cliente podrá solicitar a TELESAT FIBRA la facturación desglosada de los servicios básicos y, en su caso, los adicionales contratados, con carácter gratuito, excepto el detalle de llamadas gratuitas y de bajo coste, cuyo servicio debe solicitarse expresamente, sin perjuicio de que su abono habrá de hacerse efectivo íntegramente en un acto único, salvado lo dispuesto en materia de servicios de tarificación adicional.
    • En el supuesto de servicio de tarificación adicional, u otros servicios que no se correspondan con comunicaciones electrónicas el alcance de la mencionada desagregación podrá conllevar que, a instancias del Cliente, se le entreguen facturas independientes. Ambas partes reconocen expresamente que los registros informáticos de TELESAT FIBRA y su reproducción constituyen prueba válida y suficiente de los servicios solicitados y efectivamente consumidos por el Cliente.
    • En caso de que el Cliente indique en la Solicitud el acceso a sus facturas a través del área privada de cliente en la web de TELESAT FIBRA, será este el único medio de envío y recepción de sus facturas. EL Cliente podrá revocar dicho consentimiento en cualquier momento, a través de solicitud al email info@telesafibra.com. Recibida dicha solicitud de revocación, EL Cliente recibirá las facturas en formato papel, a partir de la siguiente mensualidad no emitida. El envío de facturas en papel no tendrá coste alguno para EL Cliente.
    • En caso de que EL Cliente pague la parte de la factura que corresponda al servicio de comunicaciones electrónicas no podrá ser suspendido en el mismo, sin perjuicio de la deuda que pueda subsistir por el importe impagado en otros conceptos. A estos efectos, en caso de disconformidad con la factura, el Cliente tendrá derecho, previa petición, a la obtención de facturas independientes para cada servicio.

Novena. Depósito de garantía.

  • Causas: En los términos establecidos en la legislación vigente, TELESAT FIBRA podrá exigir al Cliente un depósito de garantía, tanto en el momento de contratar como durante la vigencia del contrato, en los supuestos en que el Cliente hubiese dejado impagadas una o varios recibos relativos a otro u otros contratos anteriores o vigentes con TELESAT FIBRA o cualquier otro operador, o si el Cliente incurriese de modo reiterado en retraso en el pago de los recibos correspondientes a los SERVICIOS.
  • Estimación: El depósito de garantía se podrá constituir en efectivo o aval bancario, cuyo importe se determinará de acuerdo con los siguientes criterios:
    • En el primer supuesto, sumando el importe de los tres últimos recibos impagados del contrato de abono que fundamenten la exigencia del depósito. En el caso de que fueran menos los recibos impagados, la cantidad resultante será la de multiplicar por tres el último recibo.
    • En el segundo supuesto, sumando el importe de los tres últimos recibos emitidos al titular del contrato o, en caso de que el contrato tuviera una menor antigüedad, la cantidad resultante de multiplicar por tres el último recibo.
  • Ausencia de constitución: Si el Cliente no constituye el depósito de garantía que corresponda en el plazo de los quince (15) días siguientes al requerimiento fehaciente de TELESAT FIBRA, la compañía estará habilitada para proceder a la suspensión del Servicio. Si transcurrido un nuevo plazo de diez (10) días desde un segundo requerimiento no constituyese el depósito podrá ser dado de baja. En el caso de exigencia del depósito en el momento de la contratación, ante la falta de constitución del mismo, TELESAT FIBRA podrá desestimar su solicitud.
  • Devolución.
    • TELESAT FIBRA procederá a la devolución del depósito, en el supuesto de su constitución por reiterados retrasos en el pago, cuando quede acreditado que en un (1) año no ha existido ningún retraso en el pago de los recibos emitidos al titular del contrato y en el segundo supuesto, tan pronto como TELESAT FIBRA tenga constancia del pago íntegro de las cantidades adeudadas.
    • Si el Cliente con deudas pendientes se diera de baja en el servicio o solicitase el cambio de titularidad de su abono, TELESAT FIBRA podrá ejecutar la garantía por el total de la deuda contraída, quedando el remanente a disposición del Cliente. Si el Cliente hubiera pagado todos los recibos, el depósito será devuelto íntegramente. TELESAT FIBRA procederá a la devolución del depósito de garantía en el plazo de quince (15) días a contar desde el siguiente a aquel en el que se cumplan las circunstancias contempladas en los anteriores apartados.
  • Riesgo para el Servicio de Telefonía.
    • TELESAT FIBRA podrá establecer en la Solicitud de Servicios Condiciones Particulares un riesgo para EL Cliente. Cuando EL Cliente alcance su límite de riesgo se suspenderá el servicio de forma inmediata.
    • TELESAT FIBRA avisará al Cliente cuando su riesgo esté descubierto al setenta y cinco por ciento (75 %) y desde ahí, avisará de cada incremento de consumo en el riesgo de un cinco por ciento (5%). Cuando el riesgo llegue al cien por cien (100 %) el servicio será suspendido.
    • EL Cliente podrá reducir su riesgo mediante pagos adelantados contra su factura.

Décima. Inicio y vigencia.

  • El Contrato entrará en vigor el mismo día de su formalización y tendrá la vigencia establecida en la Solicitud de Servicios, que no podrá ser superior a veinticuatro (24) meses.
  • TELESAT FIBRA activará cada uno de los Servicios en el plazo máximo indicado en las cláusulas específicas correspondientes a cada uno de los Servicios siempre y cuando la solicitud del Cliente reúna todas las condiciones exigidas y sea técnicamente posible. TELESAT FIBRA informa que, en caso de contratación a distancia o fuera del establecimiento mercantil de TELESAT FIBRA, el Cliente tiene derecho a desistir libremente de la contratación en el plazo de catorce (14) días naturales desde la fecha de celebración del contrato. Para el ejercicio del derecho de desistimiento, el Cliente deberá remitir debidamente cumplimentado, en el plazo indicado, al departamento de Atención al Cliente, el documento de Solicitud de Desistimiento que se encuentra disponible en el área privada del sitio web de En caso de que el Cliente haya solicitado expresamente que dé comienzo la prestación del Servicio durante el período de desistimiento, el Cliente deberá hacer frente a los gastos derivados de la instalación de los Servicios, indicados en la Solicitud de Servicio.
  • Cumplido el período de vigencia, este contrato se entenderá prorrogado automáticamente por el mismo periodo si bien, tras dicha prórroga, el Cliente tendrá derecho de resolverlo en cualquier momento con un preaviso máximo de un (1) mes sin contraer ningún coste excepto el de la recepción del servicio durante el período de preaviso. Con anterioridad a dicha prórroga automática, TELESAT FIBRA informará al Cliente de manera notoria y oportuna y en un soporte duradero de la finalización de los compromisos contractuales y los medios para resolver el contrato y, de manera simultánea, el operador proporcionará información sobre las mejores tarifas de sus servicios.
  • En caso de que el Cliente se haya acogido a una promoción con permanencia, tanto de servicios prestados por TELESAT FIBRA como de servicios comercializados por este, el plazo de vigencia del contrato será el establecido en dicha promoción. En caso de que el Cliente comunicase su interés en renovar la promoción con 30 días de preaviso a la fecha de finalización de las mismas, dicha renovación implicará en todo caso la renovación de las condiciones de la misma, incluido el periodo de permanencia.
  • Los servicios contratados en virtud de este contrato estarán especialmente vinculados al domicilio notificado en la Solicitud de Servicio. En el supuesto de que el Cliente tenga intención de recibir los SERVICIOS en un domicilio distinto y alternativo del determinado contractualmente, el Cliente deberá comunicarlo a TELESAT FIBRA, que tramitará la solicitud de baja, aplicando, si cabe, las consecuencias de la misma recogidas en la condición 12. El Cliente podrá realizar una nueva Solicitud de Servicios en el nuevo domicilio, que TELESAT FIBRA atenderá siempre y cuando se encuentre capacitada para prestar servicios en dicho domicilio.

Undécima. Suspensión e interrupción de los Servicios.

  • Suspensión temporal de los servicios por impago.
    • TELESAT FIBRA podrá suspender temporalmente el Servicio de telefonía fija por retraso ocasional o continuado del Cliente en el pago del Servicio por un período superior a un (1) mes, a contar desde la presentación a éste por TELESAT FIBRA del documento de cargo correspondiente, así como cuando descubra que se ha producido falsedad en los datos personales o bancarios proporcionados por el Cliente, o cuando la prestación del Servicio estuviera condicionada a la no superación de un límite de crédito. En caso de suspensión por impago, se mantendrán los servicios para llamadas entrantes, salvo las de cobro revertido, y las salientes de emergencia hasta la interrupción del Servicio o, en su caso, hasta la nueva activación del mismo. Asimismo, TELESAT FIBRA podrá suspender temporalmente el servicio cuando, ante un consumo excesivo, se estime que el Cliente está incurriendo en una conducta fraudulenta al infringir su obligación de utilización del servicio para uso propio. La suspensión del servicio no exime al Cliente de la obligación de continuar con el pago de las cuotas periódicas fijas correspondientes.
    • TELESAT FIBRA podrá suspender temporalmente los servicios de televisión, acceso a internet y el de telefonía móvil de terceros por retraso ocasional del Cliente en el pago de los servicios por un período superior a diez (10) días, a contar desde la presentación a éste por TELESAT FIBRA del documento de cargo correspondiente, así como cuando descubra que se ha producido falsedad en los datos personales o bancarios proporcionados por el Cliente, o cuando la prestación de los servicios estuviera condicionada a la no superación de un límite de crédito. El plazo de diez días de retraso en el pago antes mencionado será reducido a 48 horas en el caso de que el Cliente haya incurrido en retrasos previos durante la vigencia del contrato. Asimismo, TELESAT FIBRA podrá suspender temporalmente los servicios cuando, ante un consumo excesivo, se estime que el Cliente está incurriendo en una conducta fraudulenta al infringir su obligación de utilización del servicio para uso propio.
    • La suspensión del servicio no exime al Cliente de la obligación de continuar con el pago de las cuotas periódicas fijas correspondientes.
    • Para que la suspensión del servicio pueda llevarse a cabo, han de cumplirse los siguientes requisitos:
      • TELESAT FIBRA requerirá el pago y notificará la suspensión mediante una comunicación, que se practicará con al menos cinco (5) días de antelación a la fecha en que vaya a tener lugar la suspensión del servicio de telefonía fija. En el caso del resto de servicios, dicho plazo de preaviso será de 48 horas.
      • La comunicación indicará la fecha en que, de no efectuarse el pago, tendrá lugar la suspensión.
      • En el supuesto de que el Cliente hubiera presentado una reclamación ante las Juntas Arbítrales de Consumo o ante la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, TELESAT FIBRA no suspenderá ni interrumpirá el servicio, mientras que la reclamación se esté substanciando, siempre que el Cliente consigne fehacientemente el importe adeudado, entregando el correspondiente resguardo a TELESAT FIBRA.
    • TELESAT FIBRA restablecerá el servicio suspendido dentro del día laborable siguiente a aquél en que tenga constancia de que el importe adeudado ha sido satisfecho.
    • En los gastos de devolución, se cobrarán 6.92 euros cuando la factura no supere los 100 euros. Cuando la factura supere los 100 euros, se aplicará un 6% de penalización en el montante total de la factura pendiente.
  • Interrupción del Servicio Telefónico.
    • El retraso en el pago del servicio telefónico por un período superior a tres (3) meses o la suspensión temporal, en dos ocasiones, del contrato por mora en el pago de los servicios correspondientes dará derecho a TELESAT FIBRA, previo aviso al Cliente, a la interrupción definitiva de los servicios y a la correspondiente resolución del contrato. El impago del cargo por los servicios de acceso a Internet o de servicios de tarifas superiores, en especial del servicio de tarificación adicional, sólo dará lugar a la interrupción de tales servicios.
    • Cuando, durante un período de facturación, el Cliente sufra interrupciones temporales del servicio telefónico, TELESAT FIBRA indemnizará con una cantidad que será, al menos, igual a la mayor de las dos siguientes:
      • El promedio del importe facturado por todos los servicios interrumpidos durante los tres meses anteriores a la interrupción, prorrateado por el tiempo que haya durado la interrupción. En caso de una antigüedad inferior a tres meses, se considerará el importe de la factura media en las mensualidades completas efectuadas o la que se hubiese obtenido en una mensualidad estimada de forma proporcional al período de consumo efectivo realizado.
      • Cinco veces la cuota mensual de abono o equivalente vigente en el momento de la interrupción, prorrateado por el tiempo de duración de ésta.
    • TELESAT FIBRA indemnizará automáticamente al Cliente en la factura correspondiente al período inmediato al considerado cuando la interrupción del servicio suponga el derecho a una indemnización por importe superior a un (1) euro. En la factura correspondiente se hará constar la fecha, duración y cálculo de la cuantía de la indemnización que corresponde al abonado.
    • En el caso de que EL Cliente haya elegido la modalidad de prepago, el correspondiente ajuste en el saldo se realizará en un plazo no superior al del resto de abonados.
    • En interrupciones por causas de fuerza mayor, TELESAT FIBRA se limitará a compensar automáticamente al Cliente con la devolución del importe de la cuota de abono y otras independientes del tráfico, prorrateado por el tiempo que hubiera durado la interrupción.
    • No será de aplicación lo dispuesto anteriormente cuando la interrupción temporal esté motivada por alguna de las causas siguientes:
      • Incumplimiento grave por EL Cliente de las condiciones contractuales, en especial en caso de fraude o mora en el pago que dará lugar a la aplicación de la suspensión temporal e interrupción. En todo caso, la suspensión temporal o interrupción afectará únicamente al servicio en el que se hubiera producido el fraude o mora en el pago.
      • Por los daños producidos en la red debido a la conexión por el Cliente de equipos terminales que no hayan evaluado la conformidad, de acuerdo con la normativa vigente.
      • Ausencia de suministro eléctrico durante un periodo superior al soportado por los Sistemas de Alimentación Ininterrumpida de TELESAT FIBRA.
    • Es aplicable a la interrupción del Servicio, lo previsto en la Cláusula Undécima de estas condiciones para el supuesto de suspensión en caso de reclamación de la cantidad adeudada.
  • Interrupción del Servicio de Acceso a Internet.
    • Cuando, durante un período de facturación, EL Cliente sufra interrupciones temporales del servicio de acceso a Internet, TELESAT FIBRA compensará al Cliente con la devolución del importe de la cuota de abono y otras cuotas fijas, prorrateadas por el tiempo que hubiera durado la interrupción. A estos efectos, TELESAT FIBRA indemnizará automáticamente al Cliente en la factura correspondiente al período inmediato al considerado, cuando la interrupción del servicio se haya producido de manera continua o discontinua, y sea superior a seis horas en horario de 8 a 22. En la factura correspondiente se hará constar la fecha, duración y cálculo de la cuantía de la compensación que corresponde al Cliente.
    • No será de aplicación lo dispuesto en el apartado anterior cuando la interrupción temporal esté motivada por alguna de las causas siguientes:
      • Incumplimiento grave por EL Cliente de las condiciones contractuales.
      • Daños producidos en la red debido a la conexión por el Cliente de equipos terminales que no hayan evaluado la conformidad, de acuerdo con la normativa vigente.
      • Ausencia de suministro eléctrico durante un periodo superior al soportado por los Sistemas de Alimentación Ininterrumpida de TELESAT FIBRA.
    • Es aplicable a la interrupción del Servicio, lo previsto en la Cláusula Undécima de estas condiciones para el supuesto de suspensión en caso de reclamación de la cantidad adeudada.
  • Baja temporal.
    • En caso de que el Cliente haya contratado la modalidad de Baja Temporal, podrá solicitar la suspensión temporal del servicio por un período máximo de ocho (8) meses. Durante ese período, y en el supuesto de cesión del módulo de cliente, TELESAT FIBRA facturará un importe por cesión de los equipos sin uso, siendo este el estipulado la tarifa vigente que el Cliente declara conocer y que constan en la página web www.telesatfibra.com. La solicitud de una baja temporal tiene que ser comunicada a TELESAT FIBRA por email o fax a los números de contacto, con una antelación mínima de diez (10) días antes de finalizar el mes en curso, cumplimentando en el mismo los datos personales del titular, DNI/CIF y el periodo durante el cual se desea cursar la baja temporal, que será de cuatro (4) meses por defecto. Dicha baja será efectiva el mes siguiente, dentro de las primeras veinticuatro (24) horas hábiles, y tendrá validez durante el periodo solicitado. Si durante este período el Cliente quisiera la reactivación del servicio, ésta podrá ser cursada por email o fax a los números de contacto y con una antelación mínima de 24 horas.

Duodécima. Extinción del Contrato.

  • El contrato se extinguirá por las causas generales de extinción de los contratos y, especialmente:
    • por voluntad del Cliente, comunicándolo previamente al Servicio de Atención al Cliente de TELESAT FIBRA con una antelación mínima de dos (2) días hábiles al momento en que ha de surtir efectos. TELESAT FIBRA no facturará ni cobrará cualquier cantidad que se haya podido devengar, por causa no imputable al Cliente, con posterioridad al plazo de dos días en que debió surtir efectos la baja.
    • por denuncia de TELESAT FIBRA por incumplimiento por parte del Cliente de cualquiera de las condiciones del presente contrato. Dicha resolución se producirá de pleno derecho en el momento en que sea apercibido el Cliente, que no tendrá derecho a compensación alguna por los pagos realizados hasta ese momento.
    • manipulación por el Cliente, sin autorización previa de TELESAT FIBRA, de la infraestructura y equipos de TELESAT FIBRA. TELESAT FIBRA se reserva el derecho a realizar las oportunas acciones legales en caso de que se dé esta causa de extinción.
    • Cese de actividad de TELESAT FIBRA.
  • TELESAT FIBRA notificará al Cliente, con (1) UN mes de antelación cualquier modificación sustancial del contrato, informando a éste de su derecho a resolver sin penalización el contrato en caso de no aceptación de las nuevas condiciones, salvo en los supuestos en los que dicha modificación sea exclusivamente en beneficio del usuario final o sea de una naturaleza estrictamente administrativa y no tenga efectos negativos sobre los usuarios finales o venga impuesta normativamente.
  • Si el Cliente que se hubiese acogido a alguna promoción solicita la terminación del contrato durante el periodo en la que esta le esté siendo aplicada, o durante el plazo de permanencia marcado por esa promoción, le será cargado el importe correspondiente por cancelación anticipada en el momento de la baja en la cuenta corriente o tarjeta de crédito notificada.
  • Una vez resuelto el presente contrato, el Cliente deberá devolver a TELESAT FIBRA la totalidad de los EQUIPOS que le hubieran sido cedidos. A petición del Cliente, y dentro del plazo establecido, éste podrá solicitar a TELESAT FIBRA que proceda a la desinstalación y retirada del equipo cedido, corriendo el Cliente con los gastos por desinstalación y desplazamiento, conforme a las tarifas que el Cliente declara conocer y que constan en www.telesatfibra.com, que serán facturados mediante domiciliación bancaria. Si el Cliente no entrega los equipos en las oficinas de TELESAT FIBRA en un plazo máximo de quince (15) días naturales desde la resolución del contrato, TELESAT FIBRA pasará al cobro en la cuenta corriente o tarjeta de crédito notificada el importe correspondiente al precio de los equipos establecidos en la hoja de solicitud firmada por el cliente. En caso de que el Cliente no atienda los pagos debidos, TELESAT FIBRA podrá comunicar su morosidad a los ficheros de impagados gestionados por los Establecimientos Financieros de Crédito, sin perjuicio de una posible reclamación en vía judicial.

Decimotercera. Cesión del contrato y del Servicio.

  • El Cliente no podrá revender o transferir de forma alguna los Servicios.
  • TELESAT FIBRA podrá ceder el contrato o los derechos dimanantes del mismo a cualquier sociedad o tercero que pueda prestar en un futuro el servicio, viniendo obligada a comunicarlo al Cliente en los términos previstos en el apartado “Notificaciones” del presente contrato, sin perjuicio de que éste pueda solicitar la baja en el servicio según la normativa aplicable.

Decimocuarta. Secreto de las comunicaciones.

TELESAT FIBRA adoptará las medidas e instalará los medios técnicos exigidos por la normativa vigente en cada momento para garantizar el secreto de las comunicaciones, en función de las características de la infraestructura utilizada.

DecimoquintaProtección de datos.

  • A efectos de lo dispuesto en la normativa vigente sobre protección de datos, TELESAT FIBRA informa a EL Cliente que con los datos contenidos en el presente contrato se realizarán, bajo la responsabilidad de TELESAT FIBRA, los tratamientos necesarios con la finalidad de garantizar el mantenimiento y la gestión de la relación contractual con EL Cliente, así como labores de información del servicio telefónico y de actividades relacionadas con el mismo. El Cliente tiene la posibilidad de ejercitar, de acuerdo con lo establecido en dicha normativa y a nuestra política de privacidad y protección de datos, los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, supresión, limitación, portabilidad y revocación del consentimiento, dirigiendo un email a info@telesatfibra.com, aportando fotocopia del DNI o documentación alternativa que acredite su identidad. Los datos que van a ser objeto de tratamiento serán los derivados de la relación contractual con EL Cliente (datos de carácter identificativo, de características personales, de circunstancias sociales, empleo, información comercial, datos económicos, financieros y de seguros y transacciones) los de tráfico y facturación, así como los relativos a la adquisición de productos y servicios por EL Cliente. A efectos de lo indicado en el párrafo anterior, se consideran como datos de tráfico los siguientes: a) el número de identificación del abonado: b) el número de abonado que recibe la llamada; c) el tipo, la hora de comienzo y la duración de las llamadas realizadas; d) la fecha de la llamada. Los mencionados datos de tráfico serán tratados durante el plazo en que pueda impugnarse la factura o exigirse el pago de conformidad con la legislación vigente. TELESAT FIBRA se compromete al cumplimiento de su obligación de secreto respecto a los datos de carácter personal y de su deber de guardarlos, incluso después de concluida la relación contractual, adoptando las medidas de seguridad que impone la legislación vigente para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado. EL Cliente consiente expresamente que sus datos sean conservados por TELESAT FIBRA por un plazo de 5 años una vez finalizada la relación contractual.
  • TELESAT FIBRA informa a EL Cliente de la posibilidad de enviarle informaciones relativas los SERVICIOS, además de por medio postal o telefónico, por medio del envío de SMS o correo electrónico, siempre y cuando el Cliente le haya facilitado un número móvil o dirección de correo electrónico de contacto.
  • TELESAT FIBRA se compromete al cumplimiento de la obligación de secreto respecto a los datos de carácter personal y de su deber de guardarlo, adoptando las medidas de seguridad que impone la legislación vigente para evitar su alteración, perdida, tratamiento o acceso no autorizado. Concluida la relación contractual los datos serán conservados por un plazo de 5 años, tras los que se procederá a su completa eliminación. No obstante, dicha información estará disponible a solicitud de las autoridades judiciales, el Ministerio Fiscal o de las Administraciones Públicas competentes, durante el plazo de prescripción de las acciones que se pudieran derivar. Transcurrido este último plazo, los datos serán completamente eliminados.
  • EL Cliente, que así lo haya autorizado en la solicitud de servicios, consiente que TELESAT FIBRA analice los datos de los productos con él contratados, el tráfico, facturación, navegación y geolocalización de EL Cliente, así como los productos y servicios consultados en la página web de TELESAT FIBRA. Ello permite a TELESAT FIBRA analizar los datos con el fin de crear un perfil comercial en el que se recojan los gustos, hábitos de consumo y necesidades de EL Cliente (p.ej. conocer el alcance y distribución de su consumo de datos y de minutos) para desarrollar acciones comerciales sobre productos y servicios de TELESAT FIBRA y poder ofrecerle aquello que más se ajuste a sus intereses y necesidades.
  • EL Cliente, que así lo haya autorizado en la solicitud de servicios, presta su consentimiento expreso para que TELESAT FIBRA obtenga información personal a través de terceros (empresas de geomarketing, RRSS, Catastro, Registro de la Propiedad, información sobre las portabilidades históricas realizadas por un determinado número, etc.) para elaborar un perfil comercial de EL Cliente a fin de poder ofrecerle aquellos productos y servicios que más se ajuste a sus intereses y necesidades.
  • EL Cliente, que así lo haya autorizado en la solicitud de servicios, consiente que TELESAT FIBRA trate sus datos de tráfico, facturación, navegación y geolocalización para crear un perfil comercial y enviarle, por cualquier medio (mensajes de texto, correos electrónicos, llamadas telefónicas, correo postal, etc.) información publicitaria genérica sobre promociones aplicables al servicio contratado, nuevas tarifas, mejora y actualización de los servicios contratados u otros servicios que puedan resultar de su interés.
  • EL Cliente, que así lo hay autorizado en la solicitud de servicios, consiente que TELESAT FIBRA trate sus datos de tráfico, facturación, navegación y geolocalización para crear un perfil comercial y remitirle, por cualquier medio, ofertas personalizadas de los productos o servicios que pudieran resultar de su interés.
  • EL Cliente podrá retirar en cualquier momento el consentimiento prestado para que TELESAT FIBRA realice los tratamientos especificados en los apartados 4 a 7 de esta condición, comunicándolo a la dirección de e-mail indicada en el apartado 1 de esta condición. No obstante, se informa que la retirada del consentimiento no afectará a la licitud del tratamiento basado en el consentimiento previo.
  • EL Cliente reconoce haber sido informado de que, en supuestos de impago, los datos relativos a la deuda podrán ser comunicados a ficheros relativos al cumplimiento e incumplimiento de obligaciones.
  • EL Cliente dispone de toda la información adicional necesaria respecto de las políticas de privacidad y protección de datos de TELESAT FIBRA en la página web.

Decimosexta. Interpretación del contrato y legislación aplicable.

  • La formación, ejecución, validez e interpretación del presente contrato se regirá por la legislación de España. En todo caso, EL Cliente podrá dirigir su reclamación a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.
  • Cualquiera de las dos partes tendrá derecho a solicitar medidas cautelares o desagravios permanentes a cualquier tribunal con competencia jurisdiccional.
  • Tanto el Cliente como TELESAT FIBRA aceptan que, salvo por lo dispuesto por la legislación aplicable, mantendrán la confidencialidad respecto a la existencia y resultados del procedimiento arbitral, así como el contenido del mismo, y solicitarán a los árbitros que mantengan la misma obligación de confidencialidad.

Decimoséptima. Derecho de desistimiento en contratación a distancia.

  • En el supuesto en que el Cliente haya contratado a distancia, tendrá derecho a desistir de la contratación efectuada en el plazo de 14 días naturales desde la fecha de la solicitud de contratación.
  • Para el ejercicio del derecho de desistimiento, el Cliente deberá remitir debidamente cumplimentado, en el plazo indicado, al departamento de Atención al Cliente, el documento de Solicitud de Desistimiento disponible en el área privada del sitio web de TELESAT FIBRA. En caso de que el Cliente haya solicitado expresamente que dé comienzo la prestación del Servicio durante el período de desistimiento, el Cliente deberá hacer frente a los gastos derivados de la instalación de los Servicios, comunicados al Cliente en la Solicitud de Servicios. En caso de desistimiento, el Cliente deberá devolver los Equipos en las oficinas de TELESAT FIBRA en el plazo de veinticinco (25) días desde la fecha efectiva de comunicación del desistimiento.
  • En caso de que el Cliente no devuelva los Equipos en perfecto estado, deberá abonar a TELESAT FIBRA la cantidad correspondiente al 100% del valor de los Equipos, indicado en la Solicitud de Servicio.
  • En caso de que el Cliente haya contratado el servicio telefónico, una vez realizada la portabilidad de la numeración solicitada, el Cliente es informado y acepta que, a partir de ese momento perderá su derecho de desistimiento, en virtud de lo establecido en el artículo 103 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios

Decimoctava. Notificaciones.

  • Todas las notificaciones, modificaciones y comunicaciones por parte de TELESAT FIBRA al Cliente se realizarán de alguna de las siguientes maneras según proceda:
    • envío por correo postal al domicilio indicado por el Cliente;
    • envío por correo electrónico a cualquiera de los buzones que el Cliente dispone;
    • comunicación por medio de una llamada telefónica o SMS al número de teléfono indicado por el Cliente en el formulario de solicitud de alta en el servicio, o modificado posteriormente por el Cliente conforme a esta condición.
  • A estos efectos, el Cliente manifiesta que todos los datos facilitados por él son ciertos y correctos, y se compromete a comunicar a TELESAT FIBRA todos los cambios relativos a su domicilio, datos de cobro y todo tipo de información necesaria para la gestión y mantenimiento de la relación contractual entre TELESAT FIBRA y el Cliente.
  • El Cliente responderá de la veracidad de sus datos.
  • Las comunicaciones del Cliente a TELESAT FIBRA deberán dirigirse a nuestro Centro de Atención al Cliente, de las siguientes formas, E-mail info@telesatfibra.com, telefónicamente al 923236033 o bien por correo ordinario a la dirección TELESAT FIBRA – Centro de atención al cliente, calle. Doctor Jaime Vera, 24. 37007 Salamanca.

Decimonovena. No Licencia.

TELESAT FIBRA no concede ninguna licencia o autorización de uso de ninguna clase sobre sus derechos de propiedad intelectual, de propiedad industrial, sobre los secretos empresariales o sobre cualquier otra propiedad o derecho relacionado con los servicios, con la sola excepción de aquellos que sean imprescindibles para el desarrollo y ejecución del contrato. Las direcciones IP no son propiedad del Cliente, por lo que TELESAT FIBRA podrá modificar las mismas cuando concurran causas que lo justifiquen, comunicándolo al Cliente. Asimismo, TELESAT FIBRA no se hace responsable del mal uso o del uso fraudulento por parte del Cliente o de terceros, de la dirección IP proporcionada en cada acceso.

Vigesima. Totalidad del contrato.

El presente contrato, incluida cada una de las Solicitudes de Servicio aceptadas por EL Clienteel Anexo de Tarifas, Solicitud de Portabilidad, la descripción de la promoción y el modelo de desistimiento constituyen el acuerdo completo y exclusivo entre las partes, sustituyendo a todas las manifestaciones o acuerdos anteriores o simultáneos en lo relativo a la materia que en él se incluye.

Última. Política devoluciones.

No se admiten devoluciones.